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viernes, 5 de junio de 2009


INSTRUCTIVO DE COMO SE DEBE APLICAR EL PROCESO


COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE DE LA PROVINCIA CORDILLERA

1. La Consulta se realiza bajo la responsabilidad de las Directivas Comunales. Donde no las haya asume el Provincial o Regional respectivo, pudiendo delegar en un Comité de movilización local.


2. La Consulta se llevará cabo en las Sedes del Colegio de Profesores y donde no hubiere, en un solo local de la comuna, escuela u otro.


3. Las Mesas Receptoras de Sufragio funcionarán máximo hasta las 14:00 horas. Cada Profesor sufragante deberá identificarse con su Carné de Identidad.


4. Tendrán derecho a voto todos los Profesores activos Municipalizados, Colegiados, no Colegiados y los Jubilados que se hayan acogido a la ley 20.158.


5. Los cómputos Comunales deben ser entregados a la mayor brevedad a los respectivas Regionales, quiénes lo remitirán al Directorio Nacional en el mismo día de la consulta.


6. El texto a consultar se imprime en las sedes. Toda la información relacionada con esta Consulta deberá ser impresa en las Sedes del Colegio de Profesores de Chile.


En la PROVINCIA CORDILLERA SE VOTARA DESDE LAS 09:00 HASTA LAS 13 HORAS EN LA SEDE DEL COLEGIO DE PROFESORES TOCORNAL GREZ 380 DEPARTAMENTO 10.
Arturo Palma Acuña
PRESIDENTE PROVINCIAL

MARCO ACUERDO PARA EL PAGO BONO SAE



COLEGIO DE PROFESORES – ASOCIACION CHILENA DE MUNICIPALIDADES – MINISTERIO DE EDUCACION
5 DE JUNIO DE 2009.


En relación al conflicto producto de la aplicación del bono SAE, éstas han convenido lo siguiente:


1. Las partes concuerdan crear una mesa técnica que aborde el financiamiento de la Educación Municipal dentro del presente mes de junio. Necesitamos que la educación pública responda a las aspiraciones de los chilenos, que sea un factor de calidad e integración social, todo ello en el marco del proyecto de Ley de Fortalecimiento de la Educación Pública.


2. En relación al pago del bono extraordinario SAE, las partes reafirman el derecho de los profesores del sector municipalizado a recibir dicho beneficio en virtud de la aplicación de las leyes 19.410, 19.933 y 20.158.


3. El Ministerio de Educación y las Municipalidades buscarán los mecanismos jurídicos y administrativos necesarios para que no se afecte el pago de la Subvención Escolar, sujeto a los correspondientes planes de recuperación de clases, de acuerdo al dictamen de la Contraloría General de la República, Nº 004981N04 del 4 de febrero 2004.


4. Con relación al bono SAE 2007 y 2008, se acuerda un abono inicial al ascendente a $500.000 (quinientos mil pesos), a todos los docentes con una carga horaria de 20 horas o más y de $300.000 (trescientos mil pesos) para aquellos profesores con una carga horaria inferior, ambos a cancelar durante el mes de junio 2009. Se deja constancia que estos pagos consideran un solo empleador, siendo éste en donde el docente tenga una mayor carga horaria.
Para efectos de este abono se dejará constancia de las partes en la liquidación.


5. Respecto del saldo no cubierto por los pagos indicados en el numeral anterior, éste será cancelado íntegramente entre los días 30 de diciembre 2009 y el 5 enero del 2010, con cargo a la Ley de Presupuesto de la Nación, esto de acuerdo a lo que finalmente sea determinado por la Contraloría General de la República y la Dirección del Trabajo, con los antecedentes que aporten las partes. En el caso que un docente reciba un monto superior a lo determinado por las entidades antes mencionadas, se procederá a imputarlo a los bonos SAE de los años 2009 y 2010, respectivamente.


6. En cada comuna se instalará una mesa de apelaciones,
reclamos y sugerencias con la participación de las partes involucradas.


7. En relación a los pagos de los bonos SAE correspondientes a los años 2009 y 2010, el Ministerio de Educación cautelará el pago de éstos si hubieran excedentes, en conformidad a la Ley 20.158.


8. Las partes expresan su voluntad que realizada y aprobada la consulta, se normalizarán las clases el día lunes 8 de junio de 2009.